lunes, 6 de junio de 2016

INSPECCION URBANISTICA. CURSO TALLER

La Inspección Urbanística es la actividad que las instituciones competentes deben realizar con la finalidad de comprobar que la edificación y el uso del suelo se ajusten a las especificaciones de las leyes y normativas urbanas o planes de ordenamiento urbano. Tiene también un carácter preventivo. A pesar de que de forma rutinaria los ayuntamientos del País realizan esta función, es sin embargo una de las mas descuidadas, ignorándose su importancia tanto desde el punto de vista de  la gestión y control del territorio, como de la generación de ingresos y del posicionamiento de la imagen de la institución municipal correspondiente.

Tradicionalmente no se le requiere ningún tipo de calificación  ni preparación al personal que se integra a estas labores, como debería ser. Tampoco existen en el País programas de entrenamiento especializado en esta materia.
Este curso viene a llenar este vacío, profundizando en el conocimiento de las leyes, normas, reglamentos y procedimientos, que   deben ser del dominio de las y los inspectores y aportando las herramientas para  eficientizar sus funciones.
El curso cuenta con un staff de facilitadores de la mas alta calificación y experiencia,             prometiendo llenar las expectativas  y necesidad de capacitación  en esta importante área. 
OBJETIVOS
Reforzar la gestión de fiscalización  y control que deben realizar los Ayuntamientos sobre las intervenciones que se ejecuten en el territorio urbano de sus respectivos municipios.
Dotar a los participantes de las herramientas y conocimientos necesarios para realizar de manera eficiente las labores de inspección.

METODOLOGIA
Se contemplan  presentaciones en aula,     practica de campo y lecturas complementarias para reforzar el aprendizaje de cada participante. Las exposiciones se harán a través de conferencias dinámicas, permitiendo la interacción con cada uno de los participantes. Con la    exposición de casos prácticos y  partiendo de la experiencia particular de cada municipio, se debatirán propuestas de soluciones  a los    problemas que son comunes.

DIRIGIDO A
Funcionarios  y empleados municipales,  con funciones técnicas o jurídicas en las áreas de fiscalización y control de territorios, profesionales y estudiantes de las áreas de Arquitectura, Urbanismo, Ingeniería, Derecho y ramas afines, que deseen vincular su desempeño a este ámbito de actuación municipal, ya sea como inspectores, ya sea como asesores.

FACILITADORES:
Waldys Taveras. Abogado. Regidor del  Ayuntamiento del Distrito Nacional. Autor de los mas importantes libros de referencia, sobre la temática municipal..
Narciso Guzmán.  Arquitecto Urbanista.   Director General de Planeamiento Urbano del Ayuntamiento del Distrito Nacional.
Jorge Tavera. Ingeniero Civil. Encargado de Inspección Dirección General de Planeamiento Urbano del  ADN
Alma Ferreras. Ingeniera Civil. Consejo  Nacional de Discapacidad (CONADIS).
Esther Morillo. Arquitecta. Especialidad en Gestión Territorial y Urbana.  Ex encargada de Planeamiento Urbano LMD y de Urbanismo del ADN.

CONTENIDO DEL TALLER

1.   El Inspector Municipal: (Lic. Waldys Taveras)
· Base Legal
· Definición
· Competencias y Alcance
· Acciones Judiciales

2.  La Inspección   Urbanística.  Marco Legal (Arq. Narciso Guzmán)
· Definición
· La Competencia Institucional
· La Competencia del Inspector Urbanístico
· Legislación, Reglamentos y Ordenanzas que deben ser del dominio del inspector
· Tipos de Inspecciones y Modo de Actuación del Inspector Urbanístico.

3. Disciplina Urbanística: (Arq. Esther Morillo e Ing. Alma Ferrera)
· Definición y  Competencia Legal;
· Las Infracciones Urbanísticas y Sanciones;
· Inspección  Urbanística y Accesibilidad

4.   La Jurisdicción en Materia Urbanística:  (Waldys Taveras)
· Delito Urbanístico
· Los Tribunales competentes.

5.   La comprobación de la Infracción Urbanística: ( Jorge Tavera)
· El Levantamiento del Inspector
· Las Actas
· Procedimiento para el sometimiento de los         infractores
· El manejo de Litis o conflictos

6.   Perfil, Ética e Imagen del Inspector Municipal (Narciso Guzmán)

7.  Practicas de campo y Lecturas Complementarias


INICIO: 9 y 10; 16 y 17   Junio 2016
HORARIO: Jueves  y Viernes de 3:00 a 7:00 PM
DURACIÓN: 16 horas lectivas/ 24 horas en Total (aproximadas)
LUGAR: Sede Central CODIA

INVERSIÓN: RD$ 6.000.00 Empleados Municipales RD$ 5,000.00

INCLUYE: Material de Apoyo en digital,   Coffee Break, /Certificado de Participación.

RESERVACIÓN / INFORMACIÓN
Arq. Maria Feliz/Mayelin Calderón/Arq. Esther Morillo

Oficina: 809-476-9541

Cel: 809-924-8327/809-425-5364



miércoles, 26 de agosto de 2015

CURSO TALLER FORMULACION DE PROYECTOS DE DESARROLLO LOCAL. DISTRITO NACIONAL

Con el apoyo del Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores, CODIA, el Instituto Dominicano de Desarrollo Municipal (IDEMU) impartirá los próximos días 4 y 11 de Septiembre, el Curso Taller Formulación de Proyectos de Desarrollo Local, el cual esta dirigido a toda persona vinculada o que desee vincular su accionar al trabajo con instituciones municipales, sociales y/o políticas.

El curso tiene como objetivo aportar los conocimientos sobre las herramientas básicas que permitan a las instituciones acceder a fondos públicos o de la cooperación internacional, para dar solución a problemas puntuales en sus comunidades. 

El Taller será impartido por el Ing. Alfonso Morillo, Especialista en Proyectos, Territorio y Medio Ambiente de la Universidad Politécnica de Madrid, Máster en Agroingenieria y consultor de la Fundación Sur Futuro. 

jueves, 7 de mayo de 2015

CURSO TALLER FORMULACION DE PROYECTOS DE DESARROLLO LOCAL, HIGUEY

Con la participación de dirigentes políticos y comunitarios del mas alto nivel, iniciamos el pasado día 2 de Mayo del 2015,  el Curso Taller "Formulación de Proyectos De Desarrollo Local"  para la provincia La Altagracia, el cual esta siendo impartido en el auditorio del Museo Altagraciano, municipio de Higuey. Dicho curso taller tiene como facilitador al Ing. Agrónomo Alfonso Morillo, Master en Agroingenieria y Especialista en Proyectos, Territorio y Medio Ambiente de la Universidad Politécnica de
Madrid y Consultor de la Fundación Sur Futuro y esta siendo coordinado por el Arq. Efren Garrido.

jueves, 22 de enero de 2015

LEY USO DE SUELO CONAU

CONSIDERACIONES DEL
INSTITUTO DOMINICANO DE DESARROLLO MUNICIPAL (IDEMU)
SOBRE LA LEY DE USO DE SUELO TERRITORIAL URBANO

Consideraciones generales:

Esta propuesta de ley viene a llenar un vació en lo que lo que respecta a la actuación urbanística en nuestro país, en tal sentido consideramos valida la iniciativa por dos razones fundamentales:

1era. El CONAU, decide asumir una actividad que hasta el momento las instituciones legalmente responsables no han asumido (ONAPLAN, OPU, LMD);

2da. La ley contempla la actualización de la legislación vigente (Ley 675 de 1944 y 6232 de 1963), lo cual es una necesidad impostergable.

Solo en ese sentido valoramos la iniciativa del CONAU y aunque compartimos parte de los planteamientos contenidos en esta propuesta, sin embargo, debemos hacer los siguientes señalamientos y observaciones:

1.     El CONAU decide formular una propuesta que plantea la derogación de dos leyes cuya aplicación compete  exclusivamente a los ayuntamientos y que representan una importante fuente de recaudación para los mismos, sin la participación de las instituciones municipales ni de otros sectores involucrados, limitándose dicha participación a una convocatoria publica en un periódico de circulación nacional, para la remisión al CONAU de las consideraciones sobre el Anteproyecto.

2.     La propuesta introduce instituciones, términos, conceptos y procedimientos que resultan extraños a nuestro medio y totalmente ajenos a la realidad dominicana, poniéndose de manifiesto una marcada influencia de legislaciones foráneas, con realidades muy distintas a la nuestra, por ejemplo:

Ø El Gobierno Regional, síndicos regionales (Art. 13 acápite 1, II III... )etc., los cuales no existen en nuestro país;
Ø La liquidación de expensas;
Ø El Curador Urbano (Cap. V, Art. del 97 al 139) cuya definición es una copia textual del Art. 101 de la Ley 388 de 1997 de la Ley homóloga Colombiana, pero en nuestro caso con atribuciones paralelas a las de otras instituciones ya existentes, generándose la duplicidad de funciones y al que se le atribuye una jerarquía tal, que las demás instituciones tienen que coordinar con él sus acciones;
Ø La aplicación de sanciones o multas por parte del Sindico (Art. 148, Pag.67) cuando en la legislación dominicana, esto compete a los jueces;
Ø La expedición de licencia de construcción por parte de los ayuntamientos y el Curador Urbano, cuando en nuestro país esto es una atribución de la Secretaria de Estado de Obras Publicas, limitándose los ayuntamientos a expedir una autorización de Uso de Suelo, pero no se especifica como un cambio en el procedimiento, ni se indica la anulación de las disposiciones que así lo establecen;


3.- A través de todo el contenido de la propuesta se percibe al CONAU como la autoridad nacional en materia de ordenamiento urbano, pero sin que esto de manera expresa se  indique en la Ley. En este sentido nos parece importante recordar lo siguiente:  El CONAU, es una institución creada por decreto presidencial, sus integrantes son designados mediante decreto del gobierno de turno, el mismo no tiene en la actualidad una vinculación real con los  ayuntamientos, quienes no son parte de él, ni están oficialmente representados en dicho Consejo. Por tanto, la transferencia de esta responsabilidad al CONAU debe conllevar la redefinición de su estructuración o conformación.

3.     La propuesta confiere al CONAU, funciones ejecutivas que desbordan las competencias que de manera expresa se indican en el Art. 10 Pag. 7,  y que colindan y hasta subyugan o subordinan las acciones de los ayuntamientos. Ejemplos:
Ø Art. 10 acápite b, que atribuye al CONAU la competencia de ‘’aprobar’’ las Oficinas de Planeamiento Urbano de los Ayuntamientos;
Ø Art. 10 párrafo II acápite b, subordina a las autoridades municipales a ejercer las competencias que expresamente le delegue el Intendente Delegado (Institución de reciente creación y designada por Decreto Presidencial)
Ø Art. 104 2do. parrafo
Ø Art. 118, 5to parrafo
Ø Art. 119


a)      La Ley 6232 que crea las Oficinas de Planeamiento Urbano(OPU) establece que las mismas deben operar en forma coordinada y conforme a un plan nacional de conjunto que oriente sus actividades. Esta responsabilidad le fue atribuida a la Junta Nacional de Planificación y Coordinación, órgano consultivo del poder Ejecutivo, sustituido por la Oficina Nacional de Planificación (ONAPLAN) mediante la ley No. 55 de 1965 que instituye el Sistema Nacional de Planificación. ONAPLAN ocupada en la planificación del desarrollo económico del país, nunca ha asumido este rol, excluyendo de sus actividades los aspectos relativos a la planificación fisico-territorial

b)     por las funciones practicas que ejerce actualmente, esta llamado a convertirse en el órgano ministerial responsable por la actividad urbanística a nivel nacional, que integre o coordine las entidades cuyas actividades están relacionadas con este quehacer, a fin de evitar la dispersión, sin embargo,

Necesitamos un organismo que además de definir políticas, coordine las actividades de las Oficinas de Planeamiento Urbano(OPU).  Consideramos que previo a la transferencia de las competencias que esta ley atribuye al CONAU, debe existir un marco legal que reformule la conformación de este Consejo, en el cual deberán estar representadas las siguientes instituciones: Ayuntamientos y/o Directores de Planeamiento Urbano, Federación de Municipios, Liga Municipal Dominicana, CODIA, como organismos asesor del Estado, y las ONGs vinculadas al tema.


Arq. Esther Morillo

Presidenta IDEMU

miércoles, 8 de febrero de 2012

CURSO TALLER "INSPECCIÓN URBANÍSTICA"




























DESCRIPCIÓN DEL CURSO
La Inspección Urbanística es la actividad que las instituciones competentes deben realizar con la finalidad de comprobar que la edificación y el uso del suelo se ajusten a las especificaciones de las leyes y normativas urbanas. A pesar de que de forma rutinaria los ayuntamientos del País realizan esta función, es sin embargo, una de las mas descuidadas, ignorándose su importancia, tanto desde el punto de vista de  la gestión y control del territorio, como de la generación de ingresos y el posicionamiento de la imagen de la institución municipal correspondiente.
Tradicionalmente no se le requiere ningún tipo de calificación  ni preparación al personal que se integra a estas labores, como debería ser. Tampoco existen en el País programas de entrenamiento especializado en esta materia.
Este curso viene a llenar este vacío, profundizando en el conocimiento de las leyes, normas, reglamentos y procedimientos, que deben ser del dominio de las y los inspectores y aportando las herramientas para  eficientizar sus funciones.
El curso cuenta con un staff de facilitadores de la mas alta calificación y experiencia, prometiendo llenar las expectativas  y necesidad de capacitación  en esta importante área.


OBJETIVO

Reforzar la gestión de fiscalización  y control que deben realizar los Ayuntamientos sobre las intervenciones que se ejecuten en el territorio urbano de sus respectivos municipios.

Dotar a los participantes de las herramientas y conocimientos necesarios para realizar de manera eficiente las labores de inspección.


METODOLOGÍA

Las exposiciones se harán a través de conferencias dinámicas, permitiendo la interacción con cada uno de los participantes. Con la exposición de casos prácticos y  partiendo de la experiencia particular de cada municipio, se debatirán propuestas de soluciones  a los problemas comunes.


DIRIGIDO A

Funcionarios  y empleados municipales,  con funciones técnicas o jurídicas en las áreas de fiscalización y control de territorios, profesionales y estudiantes de las áreas de Derecho, Ingeniería, Arquitectura y ramas afines, que deseen vincular su desempeño a este ámbito de actuación municipal.





CONTENIDO


         1.- El Marco Legal de la Inspección   Urbanística.  
· La Competencia Institucional en materia urbanística.
· La Competencia del Inspector
· Legislación y Reglamentos y Ordenanzas que deben ser del dominio del inspector
· Tipos de Inspecciones y Modo de Actuación del Inspector Urbanístico.


2. Las Infracciones Urbanísticas:
· Las infracciones establecidas en las leyes urbanas, Reglamentos y normativas municipales.
· Las violaciones a la Ley de Accesibilidad.


3.   La Jurisdicción en Materia Urbanística: 
· Delito Urbanístico y Código Penal.
· Los Tribunales competentes.


4. La comprobación de la
Infracción Urbanística: 
· El Levantamiento del Inspector
· Las Actas de comprobación de infracciones
· El manejo de Litis o conflictos


5. Procedimiento  para el sometimiento
de los infractores.


6. Perfil, Etica e Imagen
del Inspector Municipal:

Practica Final



viernes, 18 de noviembre de 2011